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Por qué debo formarme: Huella de Carbono
Hemos dado un gran paso adelante al estar próxima la aprobación de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética. Una ley muy ambiciosa y comprometida que se ha sometido a consulta pública para recoger comentarios de los actores implicados antes de su aprobación. En la misma, ya establece exigencias respecto a la Huella de Carbono.

POR QUÉ DEBO FORMARME: HUELLA DE CARBONO


El Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, se origina a partir de la Decisión 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre el esfuerzo de los Estados miembros para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero a fin de cumplir los compromisos adquiridos por la Comunidad hasta 2020.


En este Real Decreto, en el reparto de los esfuerzos realizados por Estados miembros, España debió reducir sus emisiones en un 10 por ciento respecto a 2005. Este objetivo representó un reto ante el cual se deben establecer nuevas medidas que permitan su cumplimiento, entre las que se encuentran las recogidas en un buen número de normas de ámbito nacional, de entre las que destaca la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.


Así, dentro del mencionado contexto de reducción de emisiones, se pensó que el presente Real Decreto, contribuiría a incentivar acciones para la mejora de las absorciones por los sumideros de carbono, de manera que las reducciones y absorciones que se llevaron a cabo en éstos ámbitos, hubiesen tenido reflejo en el Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero de España, facilitando el cumplimiento de los compromisos internacionales y comunitarios asumidos por España en materia de cambio climático.


Así, dentro del mencionado contexto de reducción de emisiones, se pensó que el presente Real Decreto, contribuiría a incentivar acciones para la mejora de las absorciones por los sumideros de carbono, de manera que las reducciones y absorciones que se llevaron a cabo en éstos ámbitos, hubiesen tenido reflejo en el Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero de España, facilitando el cumplimiento de los compromisos internacionales y comunitarios asumidos por España en materia de cambio climático.


No es hasta el repunte experimentado en 2017, que se ha notado un descenso considerable en las emisiones de gases de efecto invernadero, disminuyendo en escala hasta el año 2019 por segundo año consecutivo. En concreto, un 5,8%. Con esta cifra, las emisiones son un 28,8% menor respecto a 2005, pero un 8,8% superior a 1990, es decir, lejos del 40% de reducción acordado por la Unión Europea, y aún más lejos del 65% de reducción de emisiones que reclaman las organizaciones por el clima. Debido a la crisis del COVID-19, se espera una caída importante de las emisiones para este año.


Dentro del El Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, se crea el Registro de Huella de Carbono, Compensación y Proyectos de Absorción de CO2, que persigue sensibilizar e incentivar a la sociedad en su conjunto en la lucha contra el cambio climático con el fin de lograr una economía baja en carbono, dando respuesta al compromiso creciente que tanto entidades públicas como privadas han venido mostrando en los últimos años con relación a la reducción de emisiones de GEI. Para ello, se establecen una serie de medidas destinadas a facilitar y fomentar el cálculo de la huella de carbono, su reducción y compensación mediante absorciones de CO2. La Oficina Española de Cambio Climático lo gestiona. Este registro, de carácter voluntario, tiene la misión de fomentar el cálculo y la reducción de la huella de carbono por parte de las organizaciones españolas, así como de promover los proyectos que mejoren la capacidad de sumidero de España.


El registro consta de tres secciones:


  • Sección de huella de carbono y de compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
  • Sección de proyectos de absorción de dióxido de carbono.
  • Sección de compensación de huella de carbono.

Las organizaciones que calculen su huella de carbono de manera voluntaria y establezcan un plan de reducción podrán inscribirse en la primera sección. En la segunda se inscriben los proyectos de sumideros agroforestales en España. La tercera sección recoge y registra las compensaciones realizadas.


La participación en el registro está dirigida a personas físicas o jurídicas públicas o privadas y trabajadores autónomos que deseen participar en el mismo. Se ha tratado de facilitar la participación de las PYMES en consideración a su posible limitación de recursos y a la importancia que las mismas tienen en el tejido empresarial nacional.


Hemos dado un gran paso adelante al estar próxima la aprobación de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética. Una ley muy ambiciosa y comprometida que se ha sometido a consulta pública para recoger comentarios de los actores implicados antes de su aprobación. En la misma, ya establece exigencias respecto a la Huella de Carbono. En particular, que la contratación de la Administración General del Estado y el conjunto de organismos y entidades del sector público estatal incorporarán, como prescripciones técnicas particulares en los pliegos de contratación, criterios de reducción de emisiones y de huella de carbono dirigidos específicamente a la lucha contra el cambio climático, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Ya, aunque este registro sea ahora mismo de carácter voluntario, el Gobierno Balear, si una empresa tiene más de 49 trabajadores, si opera total o parcialmente en las islas o si factura más de 10 millones de euros al año, está obligada a calcular y registrar la huella de carbono e inscribirse en el Registro Balear. (Griffon, 2020).


De todas maneras, no se puede obviar que, en la nueva Ley de Cambio Climático y Transición Ecológica, se indica que se cambiará la voluntariedad de participación en este registro, pasando a ser obligatorio el cálculo y publicación de la Huella de Carbono para empresas que cumplan una serie de requisitos que quedarán fijados en un corto plazo de tiempo.


HISPALFORM, consciente de esta situación, ofrece la formación específica para sobrellevar este proceso. Programas formativos dirigidos a profesionales que requieren especializarse en nuevas técnicas de Gestión Ambiental, como lo es la Huella de Carbono, tanto para producto como para la organización. También, orientamos acerca del proceso para el registro, estándares más utilizados como: PAS 2050:2011, ISO/TS 14067:2013, con el apoyo de ISO 14040 e ISO 14044 para la elaboración del Análisis de Ciclo de Vida. y gestionamos el Registro al que hace referencia el Real Decreto 163/2014:


  • Requisitos para la inscripción.
  • Información, cálculo y reducción de la huella de carbono.
  • Inscripción. Documentación adjunta y solicitud.

Referencias


BOE.es - BOE-A-2017-12902 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. (s.f.). Recuperado 26 de abril de 2021, de https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-12902


BOE.es - BOE-A-2014-3379 Real Decreto 163/2014, de 14 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono. (s. f.). Recuperado 26 de abril de 2021, de https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-3379


BOE.es - BOE-A-2011-4117 Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. (s.f.). Recuperado 26 de abril de 2021, de https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-4117#a88


Griffon, L. (2020, enero 15). Huella de carbono: Cálculo y registro obligatorio a partir de enero 2020. CEP Mallorca. https://le-cep.club/huella-de-carbono-calculo-y-registro-obligatorio-a-partir-de-enero-2020/


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